Al igual que quienes se cambian de casa, trasladando sus muebles y pertenencias, cada nuevo gobierno que llega a La Moneda lo hace con una serie de proyectos de diversa índole en el equipaje.
Y más allá de los colores políticos, lo cierto es que todas estas iniciativas tienen algo en común: la necesidad de financiamiento del gasto público, que se obtiene —en gran medida— con los impuestos que pagan las personas y empresas por las actividades que desarrollan y las rentas que generan.
Por ello, el tema tributario ha estado presente en el programa de todos los gobiernos recientes en Chile; y la administración del presidente Gabriel Boric no es la excepción.
Durante los primeros meses de este gobierno, la atención estuvo centrada en el proceso constitucional. Sin embargo, en julio de 2022, el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de Reforma Tributaria, que fue rechazado en su idea de legislar, en marzo de 2023.
Luego de este revés, la iniciativa fue objeto de ajustes y negociaciones, dando lugar a un nuevo proyecto que puso el foco en uno de los ejes centrales de la iniciativa original: el combate contra la evasión y la elusión tributaria, dejando para un segundo tiempo las modificaciones a la tributación a la renta.
Así, tras recorrer un largo camino legislativo durante este 2024, el pasado 25 de septiembre la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias; iniciativa que se enmarca dentro del denominado Pacto Fiscal para el Desarrollo y que aspira a lograr una recaudación fiscal equivalente al 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB).
A la espera de ser promulgado y —con ello— convertirse en ley (lo que debiera ocurrir por estos días), el proyecto de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias ha sido tema de análisis, resúmenes técnicos y comentarios de parte de distintos actores del ámbito impositivo.
Entre sus principales cambios y disposiciones, cabe destacar, entre otras:
Al respecto, y con un propósito estrictamente informativo, el SII publicó en su sitio web una nota que señala algunos alcances de estas modificaciones.
Una vez publicada la ley en el Diario Oficial, la autoridad fiscal procederá a emitir las instrucciones referidas a su aplicación.