Abril 26, 2024 - 2 min

¿Pago o devolución? En Operación Renta, esa es la cuestión

En esta nota, te explicamos por qué la Declaración anual de renta puede generar para los contribuyentes la obligación de pagar impuesto, o bien, otorgarles el derecho a solicitar una devolución.

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Por Centro de Conocimiento Tributario | CCT

Se pusieron primeros en la fila -literalmente, porque este año el Servicio de Impuestos Internos habilitó una “fila virtual” en su sitio web para acceder al trámite online de Declarar renta, tal como lo hace el comercio en los CyberDay- y el viernes 26 de abril, vieron el resultado en sus cuentas bancarias: más de 1.240.000 contribuyentes que presentaron su Declaración anual de renta entre el 1º y el 8 de abril, recibieron -vía transferencia- las primeras devoluciones de impuestos correspondientes al proceso de Operación Renta AT 2024.

Esta noticia, que cada año constituye un motivo de espera (y muchas veces, también de alivio para quienes la reciben), invita a que más de alguno se pregunte: ¿Cuándo corresponde pagar impuesto a la renta y cuándo se tiene derecho a solicitar una devolución?

Aquí te explicamos, en breve y sin profundizar en detalles técnicos, qué determina un escenario o el otro (e incluso un tercero, sobre el cual te contaremos a continuación).

  1. Declaración con pago
    Corresponde pagar cuando los impuestos y otros recargos legales incorporados en la declaración de renta, son mayores a los créditos o rebajas a los que tiene derecho el contribuyente.
    Este pago, por norma general, debe efectuarse a través de la presentación online del Formulario Nº 22 (de declaración y pago simultáneo).
  2. Declaración con devolución
    Existirá devolución cuando los créditos o rebajas que el contribuyente tiene a su favor, resulten mayores a los impuestos y otros recargos determinados en la declaración de renta.
    Una vez que el SII autorice -total o parcialmente- la devolución, ésta será depositada por la Tesorería General de la República en la cuenta bancaria que se indique en la declaración (pudiendo, en algunos casos, quedar sujeta a revisión por parte de la autoridad fiscal).
  3. Declaración sin pago ni devolución
    Finalmente, puede darse el caso de contribuyentes que no determinen impuestos a pagar ni cuenten con créditos a su favor, cuya devolución tengan derecho a solicitar.
    Ello se traducirá en una declaración de renta sin pago ni devolución; lo que -por norma general- no libera al contribuyente de la obligación de presentarla dentro de los plazos establecidos para ello.